Tras la barra libre de contrataciones que muchas empresas tuvieron en 2020 y 2021, ahora llega la resaca de los despidos y las reestructuraciones internas para hacer frente a unas plantillas sobredimensionadas en un escenario de contención del gasto. Las rondas de despidos ya no son masivas, pero desde 2021 hay una modalidad que no ha dejado de crecer de forma discreta: el despido disciplinario.
Despido disciplinario. Para que una empresa pueda rescindir el contrato de un empleado de forma unilateral debe argumentar un motivo fundado. De ese motivo se determina si es despido procedente (con causa justificada), improcedente o nulo. La indemnización por despido que recibirá o no el empleado dependerá del tipo de despido y argumentación de la empresa y que ésta sea demostrable.
El Artículo 54 y 55 del Estatuto de los Trabajadores recoge los términos del despido disciplinario. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Se considerarán incumplimientos contractuales:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Es importante destacar que no basta con alegar una causa disciplinaria para que el despido se haga efectivo, ya que el empleado siempre puede recurrir a la vía legal para que la justicia valore si la argumentación y las pruebas son concluyentes. Si no lo son, la justicia podría declarar el despido nulo o improcedente y fijar una indemnización para el empleado que de otro modo no percibiría.
Se dispara el número de despidos disciplinarios. Según la Estadística de la Tesorería de la Seguridad Social, el número de despidos disciplinarios no ha dejado de crecer en el último año. Entre julio de 2021 y diciembre de 2021 el número de despidos por causas disciplinarias oscilaba entre los 20.821 y los 27.853 casos. Sin embargo, a partir de 2022, la evolución de los casos ha sido constante llegando a duplicarse el número de despidos en 2023 por esta causa.
El repunte más notable se daba en septiembre de 2022, con 49.325 despidos disciplinarios y terminaba el año con un total de 444.492 expedientes por esa causa, frente a los 278.671 casos registrados en 2021. De enero a julio de 2023 ya se han registrado 309.205 despidos por este motivo, por lo que la tendencia indica que el año finalizará con una cifra superior a la de 2022.
Reforma laboral y los contratos indefinidos. Basta observar el gráfico estadístico para darse cuenta que el incremento en el número de casos coincide en el tiempo con la entrada en vigor de la reforma laboral en enero de 2022. En esa reforma laboral se prescindió de una serie de modelos de contratos laborales con el fin de reducir la temporalidad y afianzar los contratos indefinidos o de más larga duración. Parece que la respuesta de las empresas fue buscar un resquicio en la normativa para cubrir el hueco que antes ocupaban los contratos temporales.
Los datos de la Tesorería de la Seguridad Social indican que, de los 309.205 despidos disciplinarios registrados entre enero y julio de 2023, el 90,8% de ellos recayeron sobre empleados con contratos indefinidos, mientras que 27.859 de ellos fueron despidos disciplinarios a contratos eventuales.
No lo llames indefinido cuando quieres decir temporal. Lo que los datos reflejan de forma nítida es un mal uso de los contratos laborales, en el que las empresas están usando los contratos indefinidos como si fueran temporales, para después menoscabar los derechos laborales de los trabajadores. Con el anterior modelo de contrato temporal, el empleado percibía una indemnización de 12 días por año, por lo que contaba con una mínima protección. Con el nuevo modelo, las posibilidades de despido sin derecho a indemnización son muy altas dadas las cuantías y la lentitud de los procesos judiciales.
“Un trabajador que ha estado trabajando seis meses, y si nos vamos a los rangos mínimos de salario, no le compensa reclamar porque el abogado le sale más caro que lo que pueda recibir finalmente” declara Jorge Puente, abogado del Colegio de Gestores Administrativos de España a The Objective.
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La noticia Las empresas han encontrado la forma de despedir indefinidos tras la reforma laboral: despido disciplinario fue publicada originalmente en Xataka por Rubén Andrés .